FAQ nº19 Facturas Simplificadas

¿Está mi establecimiento de hostelería cumpliendo con la ley en relación a la emisión de facturas?
Como por todos es conocido, desde hace 2 años los tickets tendrían que haber desaparecido en hostelería. Con la entrada del Real Decreto 1619/2012 quedaban sólo dos posibilidades: factura simplificada (sustituye a los tickets en importes menores de 400 euros) y factura completa. La realidad es bien diferente. La falta de actualización de muchos negocios de restauración de la versión que utilizan en su software de gestión, hace que los tickets inunden todavía el panorama nacional.
En base a nuestra experienca, los incumplimientos más comunes en relación a la normativa de emisión de facturas en restauración son los siguientes:
  1. No se emiten Facturas Simplificadas, sino tickets, proformas, comprobantes o similares.
  2. No se detalla el tipo de I.V.A. aplicado.
  3. No se incluyen los datos de un cliente que lo solicita o cuando el importe es mayor de 3.000€ I.V.A. incluido.
Hay siempre que tener en cuenta que para que el cliente pueda deducir el IVA con factura simplificada, el negocio de restauración debe hacer constar necesariamente:
• NIF del destinatario y domicilio.
• Cuota repercutida, que se debe detallar de forma separada.
Para cualquier duda Real Decreto 1619/2012